Empresa de Salvamento de Mercancías
Salvamento de mercancías
Se denomina “salvamento de mercancías” a la gestión de minimizar los daños producidos durante un siniestro y también abarca el rescate de los objetos que después de producido el siniestro han resultado indemnes o poco afectados.
Asistimos desde hace algunos años a una concienciación sobre la necesidad de recurrir a una empresa de salvamento de mercancías como instrumento técnico/comercial, mediante el cual la entidad aseguradora recupera parte del capital indemnizado al asegurado tras un siniestro.
La gestión de salvamento de mercancías siniestradas y recuperación contribuye a la sostenibilidad e implica un cambio de modelo hacia la economía circular, estimulando la tecnología del reciclaje.
Pero esto sólo es el principio de lo que puede ofrecer la empresa de salvamento, al margen de la propuesta económica por los bienes, existen una cantidad de servicios (algunos desconocidos) que sirven de herramienta para facilitar y agilizar el peritaje. Estos servicios van desde, la búsqueda de mercados alternativos para la protección de marcas, manipulación de bienes, verificación de reclamaciones en grandes siniestros, inventarios, conocimiento de normativas medio-ambientales, servicios de reciclaje o destrucción controlada, movimientos logísticos de mercancías que permiten al asegurado retomar la actividad productiva lo antes posible, soluciones diversas para sectores químicos, alimentación, materias primas, etc.
Una intervención rápida y ágil en el siniestro genera mayor salvamento y por consiguiente una menor indemnización por parte de las compañías de seguros.
La gestión de salvamento también debe verse en clave de servicio al asegurado, detrás del salvamento hay una clarísima aceleración en la resolución de los casos, indudablemente el siniestro es el momento clave en la relación compañía-asegurado. Dicho esto, hay que tener en cuenta que una intervención rápida y ágil en el siniestro genera mayor salvamento y por consiguiente una menor indemnización por parte de las entidades aseguradoras.
En la actualidad hemos diseñado protocolos de salvamento personalizados para cada aseguradora a fin de agilizar los plazos en la resolución de los expedientes.
En TIXCOM SL. Gran parte de nuestros recursos están destinados en promocionar este servicio tan necesario como práctico para entidades aseguradoras y asegurado, según cita el artículo N.º 17 de la Ley 50/1980 8/10 del contrato de seguros “EL DEBER DEL SALVAMENTO”.
Colaboración y asesoría
Nuestra intención es colaborar con el perito desde el principio, ofreciéndole soluciones detalladas para confeccionar su informe. Nuestra gestión va destinada a disminuir la cantidad reclamada, en definitiva, a recuperar capital indemnizado.
- Confección de un presupuesto ajustado detallando todas las acciones a realizar. Dicho presupuesto ahorra tiempo y proporciona una garantía de la viabilidad para un salvamento.
- Retirada de los activos a nuestros almacenes en caso de necesidad. De esta forma se agiliza la puesta en marcha del negocio del asegurado hasta la resolución final del siniestro.
- Manipulación de los activos: Clasificación de la mercancía según su estado, cambio de embalajes, traslado a almacenes adecuados y gestión de destrucción controlada si procede.
- Comprobación de existencias y confección de listados detallados con la finalidad de ajustarse a las necesidades del perito en la elaboración de su informe.
- Recuperación de equipos en colaboración con las principales empresas especializadas del sector para optimizar la gestión del siniestro.
Activos siniestrados
Tenemos capacidad de adquisición en diferentes sectores y ofrecemos nuestro servicio como asesores para la tasación, valoración, transporte y adquisición de activos siniestrados, incluso en pequeños siniestros.
- Elaboramos un plan de acción conjunto
- Retiramos los activos afectados
- Valoraciones ágiles
- Oferta por escrito, informes y argumentación de las propuestas
- Pago directo al asegurado o aseguradora
Nuestra capacidad financiera y comercial nos permite adquirir cualquier clase de mercancía o materia prima sin considerar importe o volumen.
En los casos de protección de marca ofrecemos mercados alternativos, donde la venta de la mercancía no afecte a la red comercial del asegurado.
Garantizamos las exportaciones mediante la documentación pertinente.
Legislación
Ley de contrato de seguro - Ley 50/1980 8/10
Artículo 17. Deber de salvamento.
El asegurado o el tomador del seguro deberá emplear los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro. El incumplimiento de este deber dará derecho al asegurador a reducir su prestación en la proporción oportuna, teniendo en cuenta la importancia de los daños derivados del mismo y el grado de culpa del asegurado.
Si este incumplimiento se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o engañar al asegurador, éste quedará liberado de toda prestación derivada del siniestro.
Los gastos que se originen por el cumplimiento de la citada obligación, siempre que no sean inoportunos o desproporcionados a los bienes salvados, serán de cuenta del asegurador hasta el límite fijado en el contrato, incluso si tales gastos no han tenido resultados efectivos o positivos. En defecto de pacto se indemnizarán los gastos efectivamente originados. Tal indemnización no podrá exceder de la suma asegurada.
El asegurador que en virtud del contrato sólo deba indemnizar una parte del daño causado por el siniestro, deberá reembolsar la parte proporcional de los gastos de salvamento, a menos que el asegurado o el tomador del seguro hayan actuado siguiendo las instrucciones del asegurador.